Desde la implantación de la normativa europea 2002/49 CE, la obligatoriedad de tener mapas estratégicos de ruido para aglomeraciones (más de 100.000 habitantes), ejes viarios, ferroviarios y aeropuertos que realicen más de 50.000 movimientos al año para los países miembros antes del 30 de junio de 2012. Esta misma norma, en su anexo IV, establece que se debe hacer hincapié en, además de las fuentes ya mencionadas, los lugares de actividad industrial, incluidos los puertos.
En España, es la ley 37/2003 y el RD 1513/2005 que lo desarrolla, y el decreto 6/2012 a nivel autonómico, el que establece la obligatoriedad de la creación de dichos mapas haciendo efectiva la normativa europea.
Tomando las premisas de estas normativas, la provincia de Málaga debería contar al menos con dos mapas estratégicos de ruido por aglomeraciones; uno para Málaga como municipio y otro para Marbella. Málaga cuenta con su propio mapa, sin embargo, a fecha de hoy para Marbella aún no se ha elaborado, incumpliendo la normativa antes mencionada. La única referencia que se tiene es el mapa estratégico de ruido de la carretera AP-7 y A7, que recorre los municipios que van desde Torremolinos hasta Estepona. Podemos ver el recorrido de ambas carreteras y un ejemplo de los mismos en las siguientes imágenes:
Zonas de paso de la carretera AP-7 y A7
Mapa estratégico de la carretera A7 a la altura de Puerto Banus
Mapa estratégico de la carretera AP-7 a su paso por Torremolinos
Si comparamos este mapa, simplemente con el creado para uno de los sectores de Málaga podemos comprobar la gran diferencia que existe entre ellos y la cantidad de información y detalle que da el mapa estratégico para aglomeraciones:
Sección del mapa estratégico de Málaga
Como curiosidad, no fue hasta el año 2014 cuando la Junta estableció la zonificación acústica marbellí y desde entonces no se tiene constancia de ninguna acción encaminada a la realización del mapa estratégico del municipio. El resto de municipios de la provincia (unos 100), no necesita, al menos por ley, la elaboración de dichos mapas.
Vemos que en ningún momento se ha mencionado para ningún tipo de municipio la que, al menos en esta provincia, es una importante fuente de ruido: el turismo. Podemos definir esta actividad como ruidosa al aumentar sensiblemente la población y con ello el aumento del tráfico y obviamente del número de personas que se encuentran en la calle. Puede ponerse como ejemplo de nuevo el municipio marbellí que en período veraniego puede llegara a aumentar su población hasta un 30%, o Torremolinos donde en el mismo período se tienen más de 50000 viajeros extranjeros al mes según datos del INE. En mayor o menor medida, los municipios costeros de la provincia de Málaga aumentan su población en períodos estivales.
Si tenemos además en cuenta que las medidas que se están tomando en este sector buscan evitar la estacionalidad, surge la problemática de tener un censo de población que no requiere, según normativa, de mapa estratégico y sin embargo la totalidad de personas que se hallen en el municipio superaría esos 100000 habitantes que son necesarios para la obligatoriedad de realizarlo. Los municipios que podrían estar al límite de ese número de habitantes según su población (datos del año 2015) serían:
Municipio | Población (hab) |
Benalmádena | 66598 |
Estepona | 67080 |
Torremolinos | 67492 |
Fuengirola | 77525 |
Vélez-Málaga | 78166 |
Mijas | 79483 |
Podemos ver en las gráficas siguientes el número de pernoctaciones de extranjeros y españoles del año 2016 para hacernos una idea del número de personas que podrían hallarse en dichos municipios:
Otra fuente de ruido que surge de esta actividad es la de las discotecas, pubs o chiringuitos que se encuentran en el litoral de municipios costeros y que funcionan en período nocturno de la que no se tienen tampoco datos en materia de ruido. Si bien es cierto que los niveles permitidos para estas actividades están regulados, las denuncias asociadas a estos locales y a los comportamientos que de ellas se derivan, son aproximadamente un 30% sobre el total de las emitidas por ruido.
Con los datos mostrados, podemos concluir que se hace necesario, a pesar de la no obligatoriedad, un mapa o al menos la cuantificación del ruido generado por la modificación de población en períodos vacacionales. Datos que ya están cuantificados o que pueden preverse como el número de visitantes, modificación del tráfico, número de discotecas, pubs o chiringuitos y en qué períodos tienen una mayor afección sobre la acústica del municipio, deben configurar un mapa estratégico de ruido para, de esta herramienta, crear un plan de acción como los que ya se especifican en las normativas que hemos mencionado al inicio.
Puede verse el de la provincia de Málaga como ejemplo en este enlace:
http://sicaweb.cedex.es/docs/planes/Fase2/Aglomeraciones/PAR_MALAGA.pdf
Con la información del mapa y aplicando las medidas adecuadas de un plan de acción se puede conseguir conciliar un sector tan necesario en nuestra provincia, como es el turismo, con la normal convivencia de los residentes.